miércoles, 30 de octubre de 2013

accion de tutela

La acción de tutela es como se denomina al mecanismo previsto en el artículo 86 de la Constitución Política de Colombia vigente, que busca proteger los Derechos constitucionales fundamentales de los individuos "cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública"1 , es decir al no haber otro recurso para hacerlos cumplir o en el caso de que exista peligro inminente.2 La Acción de Tutela La acción de tutela es el mecanismo de protección de los derechos fundamentales. La constitución de 1991 la establece en los siguientes términos: "Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe en su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública. "La protección consistirá en una orden para que aquel respecto de quien se solicita la tutela, actúe o se abstenga de hacer. El fallo, que será de inmediato cumplimiento, podrá impugnarse ante el juez competente y, en todo caso, éste lo remitirá a la Corte Constitucional para su eventual revisión. "Esta acción sólo procederá cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. "En ningún caso podrán transcurrir mas de diez días entre la solicitud de tutela y su resolución. "La ley establecerá los casos en los que la acción de tutela procede contra particulares encargados de la prestación de un servicio público o cuya conducta afecte grave y directamente el interés colectivo, o respecto de quienes el solicitante se halle en estado de subordinación renuente o indefensión". La acción de tutela fue desarrollada por el Decreto Extraordinario 2591 de 1991, el cual a su vez fue reglamentado por el Decreto 306 de 1992. En lo que sigue se aprecian los principales aspectos de la acción de tutela. Lo demás puede ser ampliado con el estudio de los decretos mencionados y la jurisprudencia de la Corte Constitucional. ¿Cuál es la finalidad de la acción de tutela? ¿Qué condiciones debe presentar el derecho que se busca proteger para que proceda la acción de tutela? ¿Quién puede interponer la acción de tutela? ¿Contra quién se puede ejercitar la acción de tutela? ¿Cuándo no procede la acción de tutela? ¿Puede utilizarse la acción de tutela a pesar de que existan otros mecanismos para proteger el derecho fundamental violado? ¿Cuándo procede de forma transitoria la tutela? ¿Ante quién se puede instaurar una acción de tutela? ¿Qué contenido debe tener la solicitud de tutela? ¿Qué características tiene el procedimiento por el cual se tramita la acción de tutela? ¿Cuándo se puede interponer una acción de tutela? ¿Qué debe disponer el juez en el fallo de tutela? ¿Caben recursos contra el fallo de tutela?



FORMATO PARA INTERPONER ACCIÓN DE TUTELA Imprimir | Email Palmira Valle, ________________________ de ________________ Señor JUEZ _____________________________ (REPARTO) REFERENCIA: ACCION DE TUTELA ACCIONANTE: Nombre del amenazado ACCIONADO: Nombre de la autoridad publica o particular _____________________, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la cedula de ciudadanía cuyo numero y lugar de expedición aparece al pie de mi firma, residente en ______________________, actuando en nombre propio (o en representación de), acudo respetuosamente ante su despacho para promover ACCION DE TUTELA, de conformidad con el articulo 86 de la constitución política y los decretos reglamentarios 2591 de 1991 y 1382 de 2000 para que judicialmente se me (le) conceda la proteccion de los derechos constitucionales fundamentales que considero vulnerados y/o amenazados por las acciones y/o omisiones de la autoridad publica (o el particular, según el caso) que mencione en la referencia de este escrito. Fundamento mi petición en los siguientes: HECHOS: (DETALLE EN ESTE ESPACIO DE MANERA CLARA Y COMPLETA LOS HECHOS SUCEDIDOS) DERECHOS VULNERADOS Y/O AMENAZADOS: (DETALLE EN ESTE ESPACIO LOS DERECHOS FUNDAMENTALES VULNERADOS Y/O AMENAZADOS) PETICION: Con fundamento en los hechos narrados y en las consideraciones expuestas, respetuosamente solicito al señor Juez TUTELAR a mi favor los derechos constitucionales fundamentales invocados ORDENANDOLE a la autoridad accionada que (detalle en este espacio la orden que pretende que el juez declare para la proteccion de sus derechos) PRUEBAS: (RELACIONE EN ESTE ESPACIO LOS DOCUMENTOS O PRUEBAS SUMARIAS QUE PRETENDE HACER VALER Y QUIERE APORTAR PARA LA DEFENSA DE SUS DERECHOS FUNDAMENTALES VULNERADOS). JURAMENTO: Bajo la gravedad del juramento manifiesto que por los mismos hechos y derechos, no he presentado petición similar ante ninguna autoridad judicial. NOTIFICACIONES: Las mías las recibiré en la secretaria de su despacho o ______________________________________________________________ teléfono___________________ El accionado en la _______________________________________________________________ Teléfono ___________________ Ruegole, señor Juez, ordenar el tramite de ley para esta petición. Del señor Juez _________________________ Nombre C.C. _____________________ de _____________________



El Derecho de Petición en Colombia 66 17 Rate This La Constitución Política de Colombia, dispone: contratacion2.gif ARTICULO 23.
Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales. Petición (Redirigido desde «Derecho de petición») Petición o derecho de petición es aquel derecho que tiene toda persona individual o jurídica, grupo, organización o asociación para solicitar o reclamar ante las autoridades competentes -normalmente los gobiernos o entidades públicas- por razones de interés público ya sea individual, general o colectivo. Tipos de peticiones que se pueden formular. Mediante un derecho de petición se puedan hacer las siguientes peticiones: Quejas, cuando ponen en conocimiento de las autoridades conductas irregulares de empleados oficiales o particulares a quienes se ha atribuido o adjudicado la prestación de un servicio público. Reclamos, cuando se da a las autoridades noticia de la suspensión injustificada o de la prestación deficiente de un servicio público. Manifestaciones, cuando hacen llegar a las autoridades la opinión del peticionario sobre una materia sometida a actuación administrativa. Peticiones de información, cuando se formulan a las autoridades para que estas: Den a conocer cómo han actuado en un caso concreto. Permitan el acceso a los documentos públicos que tienen en su poder. Expidan copia de documentos que reposan en una oficina pública. Consultas, cuando se presentan a las autoridades para que manifiesten su parecer sobre materias relacionadas con sus atribuciones. Termino de que disponen las autoridades para dar respuesta a los derechos de petición. Como máximo, las autoridades a quienes se les presente un derecho de petición, deben responder dentro de los siguientes plazos: Quince (15) días para contestar quejas, reclamos y manifestaciones. Diez (10) días para contestar peticiones de información. Treinta (30) días para contestar consultas. En el caso que las autoridades no den respuesta a las peticiones solicitadas, los funcionarios responsables de dar respuesta, pueden ser objeto de sanciones disciplinarias, pues se incurre en causal de mala conducta. Derecho de Petición


¿CUÁL ES EL OBJETIVO DEL DERECHO DE PETICIÓN? Su objetivo primordial es lograr una comunicación fluida y eficaz entre las autoridades del Estado y los particulares. Se busca con ello que las relaciones entre unos y otros no se limiten al esquema gobernante-gobernado, sino más bien otorgar a los ciudadanos instrumentos que permitan hacer realidad uno de los cometidos fundamentales de un Estado Social de Derecho: que sus autoridades estén al servicio de las personas. En efecto, el derecho de petición implica el deber que tienen las autoridades de responder prontamente las solicitudes que hagan sus ciudadanos, ya sean quejas, manifestaciones, reclamos o consultas. Las autoridades deben resolver las peticiones, ya sean de interés general o particular, en un plazo de 15 días hábiles.


¿QUÉ ES UNA PETICIÓN? Es la solicitud verbal o escrita que se presenta ante un servidor público con el fin de requerir su intervención en un asunto concreto. Este derecho es considerado como un derecho Constitucional fundamental que hace parte de los derechos inherentes a la persona humana y su protección judicial inmediata puede lograrse mediante el ejercicio de la acción de tutela. La petición irrespetuosa exime a las autoridades a resolver prontamente.

¿
PARA QUÉ SIRVE? Sirve cuando la persona natural o jurídica requiera a) información de interés general o particular, b) concepto en relación con las competencias de una dependencia c) solicitar copia de documentos con información que repose en la dependencia, siempre y cuando no sean reservados.


¿EN QUE CONSISTE? Una vez radicada una petición en la oficina de Quejas y Reclamos de la Gobernación del Quindío, se debe atender y dar traslado a la dependencia competente, la cual deberá tramitar la solicitud dentro de los términos establecidos, salvo que mediante comunicación al interesado y en cumplimiento del artículo 6 del Código Contencioso Administrativo, ante la imposibilidad de responder dentro del término legalmente previsto, la dependencia fije un nuevo término para contestar. Si el motivo de la petición o consulta no es competencia de la dependencia que recibió la petición, se traslada a la que se estime competente y se le informa al peticionario. Si la información o documentación solicitada goza de reserva constitucional o legal, se comunicará al solicitante lo pertinente.


 ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS Y DOCUMENTOS NECESARIOS PARA EL TRÁMITE? La petición podrá ser presentada directamente por el peticionario o a través de apoderado debidamente constituido y acreditado, para lo cual deberá cumplir con los requisitos establecidos por el artículo 5 del Código Contencioso Administrativo. 1. Presentación de la solicitud, personalmente o por vía electrónica, la cual debe contar como mínimo con la siguiente información: • Nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante o apoderado, si es el caso, con indicación de su documento de identificación y dirección. • Objeto de la petición o consulta • Razones en que se apoya. • Relación de documentos que acompaña. • Firma del peticionario. 2. Si el solicitante desea copia de documentos por él seleccionados debe diligenciar el formato de copias de expedientes o documentos que cada dependencia haya establecido y cancelar, si es del caso, la tasa correspondiente. La regla general es que " Toda persona tiene derecho a consultar los documentos que reposen en las oficinas públicas y a que se les expida copia de los mismos, siempre que dichos documentos no tengan carácter reservado conforme a la Constitución o la Ley, o no hagan relación a la defensa o seguridad nacional."


¿CUÁLES SON LOS DOCUMENTOS SECRETOS O RESERVADOS? La Constitución y la Ley, de manera expresa o taxativa consagra como reservados, entre otros, los siguientes documentos: • Los relacionados con las instrucciones impartidas por el Gobierno a los Ministros, diplomáticos, o con negociaciones que tengan carácter de reservado (C.N. art. 78) • Las cartas y papeles privados (C.N. Art 38) • Las actas de las sesiones del Consejo de Ministros (Ley 63/ art 9 ) • Las diligencias contenidas en el sumario (Código Penal, art 356) • Las declaraciones de renta y patrimonio (D.E. 1651, art 2) • Las actas de las sesiones del Consejo de Estado y los Tribunales Administrativos hasta por el término de cuatro años (Código Contencioso Administrativo, artículo 110) • Los informes de inspectores y agentes de la Superintendencia Bancaria (Ley 45/90, artículo 40, integrado al Estatuto Financiero, Decreto 663 del 2/04/93)


¿QUÉ CONSECUENCIAS TIENE DESATENDER UNA PETICIÓN? La falta de atención a las peticiones, la inobservancia de los principios consagrados en el artículo 3º del Código Contencioso Administrativo y la de los términos para resolver o contestar, constituirán causal de mala conducta para el funcionario y darán lugar a las sanciones correspondientes. (Artículo 7 Código Contencioso Administrativo).


¿CUÁLES SON LAS NORMAS QUE RIGEN EL DERECHO DE PETICIÓN? Constitución Nacional, artículos 23 y 74. (Concordada y con notas de vigencia) Código Contencioso Administrativo, capítulos II, III, IV y V; artículos 5 al 26. Concordado y con notas de vigencia. Ley 57 del 5/07/1985, capítulo II, artículos 12 al 25 (Por la cual se ordena la publicidad de los actos y documentos oficiales). Concordada y con notas de vigencia. El hábeas corpus es una institución jurídica que persigue "evitar los arrestos y detenciones arbitrarias". Se basa en la obligación de presentar a todo detenido en un plazo perentorio ante el juez, que podría ordenar la libertad inmediata del detenido si no encontrara motivo suficiente de arresto. Este término proviene del latín hábeās corpus [ad subiiciendum] ‘que tengas [tu] cuerpo [para exponer]’, "tendrás tu cuerpo libre", siendo hábeās la segunda persona singular del presente de subjuntivo del verbo latino habēre (‘tener’). O puede ser llamado igualmente como "cuerpo presente" o "persona presente". También puede decirse que tutela los derechos fundamentales derivados de la vida y la libertad frente a cualquier acto u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona que pueda vulnerar dichos derechos.

martes, 29 de octubre de 2013

La ciudad de Santiago de Cali o simplemente Cali, es una de las ciudades más antiguas en Colombia y en el continente americano. Su fundación data del año 1536 de manos del conquistador Sebastián de Belalcázar a solo tres años de la fundación de Cartagena de Indias (1533), dos años antes de la fundación de Santa Fe de Bogotá (1538) y a 26 años de la fundación de la primera población hispánica en el continente.

miércoles, 23 de octubre de 2013

juegos mundiales

algunos videos de los juegos munidales Publicado por Brayan Mosquera en 12:42 No hay comentarios: Enviar por correo electrónico Escribe un blog Compartir con Twitter Compartir con Facebook imagenes juegos mundiales 2013 Publicado por Brayan Mosquera en 12:26 No hay comentarios: Enviar por correo electrónico Escribe un blog Compartir con Twitter Compartir con Facebook JUEGOS MUNDIALES 2013 Los Juegos Mundiales Cali 2013, oficialmente los IX Juegos Mundiales, fue un evento multideportivo en el que participaron deportistas de todo el mundo en disciplinas que son reconocidas por el Comité Olímpico Internacional, pero que no forman parte de los Juegos Olímpicos.3 4 Son organizados por la Asociación Internacional de los International World Games Association(IWGA). Al igual que los Olímpicos, los Juegos Mundiales se celebran cada cuatro años. En su IX edición tuvieron como sede la ciudad de Santiago de Cali (Colombia), siendo la primera vez se desarrollan en Latinoamérica, del 25 de julio de 2013 al 4 de agosto de 2013. La ceremonia de inauguración se llevó a cabo el 25 de julio de 2013 a las 7:00 PM (GMT -5)en conjunto con la celebración de los 477 años de la fundación de esta ciudad.5 6 En estas justas participaron treinta y una disciplinas deportivas y cinco invitadas,7 con cerca de 2500 deportistas de más de 90 países.1 Fue la última participación del rugby 7, dado que, a partir de Río 2016, dicho deporte formará parte de los Juegos Olímpicos.8 La realización de estos juegos implicó una inversión de USD 59 millones; —COP 110 000 millones— por parte del Estado colombiano, y Coldeportes fue la encargada de administrarlos.9 La mayor parte de los recursos fueron asignados a obras de infraestructura. A este capital se sumaron también las inversiones de empresas privadas por patrocinios y aportes.10 Dado que Cali ha albergado en el pasado evento deportivos de gran envergadura, entre los que destaca los Juegos Panamericanos de 1971, más recientemente la ciudad fue una de las sedes de la Copa Mundial de Fútbol Sub-20 de 2011, por esto la inversión en infraestructura fue destinada en su mayoría a reparación y adecuación de los escenario ya existentes, y solamente 5 escenarios deportivos fueron creados para el evento.11 12 Gracias a la excelente acogida por parte de la ciudad, las federaciones de Baile deportivo, Billar, Hockey, Softball y Raquetball, expresaron interés en realizar sus eventos deportivos en Cali.13 . Publicado por Brayan Mosquera en 12:00 No hay comentarios:

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imagenes juegos mundiales 2013

JUEGOS MUNDIALES 2013

Los Juegos Mundiales Cali 2013, oficialmente los IX Juegos Mundiales, fue un evento multideportivo en el que participaron deportistas de todo el mundo en disciplinas que son reconocidas por el Comité Olímpico Internacional, pero que no forman parte de los Juegos Olímpicos.3 4 Son organizados por la Asociación Internacional de los International World Games Association(IWGA). Al igual que los Olímpicos, los Juegos Mundiales se celebran cada cuatro años. En su IX edición tuvieron como sede la ciudad de Santiago de Cali (Colombia), siendo la primera vez se desarrollan en Latinoamérica, del 25 de julio de 2013 al 4 de agosto de 2013. La ceremonia de inauguración se llevó a cabo el 25 de julio de 2013 a las 7:00 PM (GMT -5)en conjunto con la celebración de los 477 años de la fundación de esta ciudad.5 6 En estas justas participaron treinta y una disciplinas deportivas y cinco invitadas,7 con cerca de 2500 deportistas de más de 90 países.1 Fue la última participación del rugby 7, dado que, a partir de Río 2016, dicho deporte formará parte de los Juegos Olímpicos.8 La realización de estos juegos implicó una inversión de USD 59 millones; —COP 110 000 millones— por parte del Estado colombiano, y Coldeportes fue la encargada de administrarlos.9 La mayor parte de los recursos fueron asignados a obras de infraestructura. A este capital se sumaron también las inversiones de empresas privadas por patrocinios y aportes.10 Dado que Cali ha albergado en el pasado evento deportivos de gran envergadura, entre los que destaca los Juegos Panamericanos de 1971, más recientemente la ciudad fue una de las sedes de la Copa Mundial de Fútbol Sub-20 de 2011, por esto la inversión en infraestructura fue destinada en su mayoría a reparación y adecuación de los escenario ya existentes, y solamente 5 escenarios deportivos fueron creados para el evento.11 12 Gracias a la excelente acogida por parte de la ciudad, las federaciones de Baile deportivo, Billar, Hockey, Softball y Raquetball, expresaron interés en realizar sus eventos deportivos en Cali.13 .

viernes, 12 de julio de 2013